Carta ordinaria
Es la modalidad más utilizada entre particulares cuando el envío no supera los 2 kg. y no requiere entrega urgente.
Carta certificada
Entregas en las que se garantiza la recepción mediante la firma del destinatario o una persona autorizada. Si no pudiera entregarse, se advertirá al receptor mediante un aviso de que dispone de 15 días para recoger el envío en una oficina de Correos.
Se puede realizar un seguimiento del envío a través de la página web de Correos o teléfono, preparar los envíos desde el ordenador, y complementarlo con Aviso de recibo, Reembolso y Seguro.
Carta certificada urgente
Para aquellos envíos más urgentes. El envío de su
documentación estará registrado y controlado, la entrega se realiza en
domicilio y mediante firma del destinatario en 24 horas (promedio según
origen/destino) cuando los envíos se han depositado en oficinas antes de
las 18.00 horas, y antes de las 19.00 horas en unidades de admisión
masiva para clientes con contrato.
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