COMUNICACIÓN ORAL:
Se distinguen distintos tipos de actos de habla: los actos de habla representativos se refieren a un estado de cosas con valor de verdad; en los compromisorios el hablante se compromete a realizar un acto futuro; en los directivos se intentan intervenir en la conducta de habla del oyente; los expresivos muestran estados psicológicos; y los declarativos modifican la situación institucional.
Cuando una persona no tiene bien desarrollada su capacidad de habla
se dice que sufre un déficit lingüístico que puede ser de muchos tipos.
Sin embargo, el déficit lingüístico no es una enfermedad por sí misma
sino que son las alteraciones lingüísticas las que generan las
enfermedades de origen neurológico y mental.
ATENCIÓN TELEFONICA:
El servicio de atención al cliente o simplemente servicio al cliente es el servicio que proporciona una empresa para relacionarse con sus clientes. Concepto
Es el conjunto de actividades interrelacionadas que ofrece un
suministrador con el fin de que el cliente obtenga el producto en el
momento y lugar adecuado y se asegure un uso correcto del mismo. El
servicio al cliente es una potente herramienta de mercadeo. Se trata de
una herramienta que puede ser muy eficaz en una organización si es
utilizada de forma adecuada, para ello se deben seguir ciertas políticas
institucionales.
Servicio al Cliente es “Un concepto de trabajo” y “una forma
de hacer las cosas” que compete a toda la organización, tanto en la
forma de atender a los Clientes (que nos compran y nos permiten ser
viables) como en la forma de atender a los Clientes Internos, diversas
áreas de nuestra propia empresa.
Servicio al Cliente, es la gestión que realiza cada persona
que trabaja en una empresa y que tiene la oportunidad de estar en
contacto con los clientes y generar en ellos algún nivel de
satisfacción.
VIDEO CONFERENCIAS:
Videoconferencia o videollamada es la comunicación simultánea bidireccional de audio y vídeo,
que permite mantener reuniones con grupos de personas situadas en
lugares alejados entre sí. Adicionalmente, pueden ofrecerse facilidades
telemáticas o de otro tipo como el intercambio de gráficos, imágenes
fijas, transmisión de ficheros desde el ordenador, etc.
El núcleo tecnológico usado en un sistema de videoconferencia es la compresión digital de los flujos
de audio y vídeo en tiempo real. Su implementación proporciona
importantes beneficios, como el trabajo colaborativo entre personas
geográficamente distantes y una mayor integración entre grupos de
trabajo.
DISCURSO:
El discurso es un evento comunicativo social, realizado mediante
el empleo de elementos lingüísticos. Es el mecanismo más efectivo para
entablar comunicación con un determinado público; por ende, debe haber
un vínculo previo entre el orador, y el oyente o auditorio.
ENTREVISTAS DE TRABAJO:
De las distintas herramientas utilizadas en el proceso de selección, la entrevista de trabajo
aparece como la más empleada (Muchinsky, 1986; Levy-Leboyer, 1990), muy
por encima, con diferencia, del resto (referencias, tests, centros de
evaluación, datos biográficos, grafología).
La entrevista de trabajo es la fase definitiva, dentro de cualquier proceso de búsqueda de empleo o de cambio de trabajo. Todos los pasos anteriores como la toma de información, preparación, envío de la carta de presentación y seguimiento de currículo, han estado dirigidos a conseguir una entrevista de selección con la empresa.
Es el momento del contacto personal, donde de una forma individual y
directa, el entrevistado tiene la ocasión de convencer al entrevistador
de que él es la persona idónea para el puesto. "Nos jugamos mucho en poco tiempo".
Una entrevista de trabajo es una actividad clave en el proceso de
selección del personal. Se selecciona, como es lógico, a los mejores, y
los mejores para las empresas de éxito son aquellos que a más de saber,
saben ser y hacer. En las empresas pequeñas, los entrevistadores, por lo
general, no son especialistas en la selección de personal, buscan
gente, únicamente, que sepan hacer, por lo que, puede influir la química
personal entre el entrevistador y el entrevistado, hasta se puede
impresionar haciendo algo que sepamos hacer bien; en cambio, en las
empresas grandes o en las consultorías de personal, el entrevistador
suele ser un experto en recursos humanos, en donde, solo conseguiremos
el puesto si somos el candidato idóneo que busca la empresa. En
cualquier caso, deberíamos transmitir cordialidad, honestidad, afinidad y
nuestra valía personal.
Las características definidoras de la entrevista de selección son
que: a) se realiza a partir de un análisis de puestos, b) es uniforme
para todos los candidatos, c) los entrevistadores poseen un alto grado
de formación específica y d) la decisión de contratación se realiza
después de haber desarrollado todas las
lunes, 11 de marzo de 2013
lunes, 4 de marzo de 2013
Tarifas Movistar
Tarifas:
Habla 24h
L-D 24 horas:
6 cént/min
Est. llam 0,15€
Est. llam 0,15€
Habla Findes
S-D 24 horas:
250 min.
TP Internet 15
Internet: sin límites
500MB máx velocidad
500MB máx velocidad
SMS: gratis
Habla 15
L-D 24 horas:
150 min.
TP Internet 15
Internet: sin límites
500MB máx velocidad
500MB máx velocidad
SMS: gratis
Habla 25
L-D 24 horas:
300 min.
TP Internet 15
Internet: sin límites
500MB máx velocidad
500MB máx velocidad
SMS: gratis
Habla 35
L-D 24 horas:
500 min.
TP Internet 15
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500MB máx velocidad
500MB máx velocidad
SMS: gratis
Habla 45
L-D 24 horas:
750 min.
TP Internet 15
Internet: sin límites
500MB máx velocidad
500MB máx velocidad
SMS: gratis
Habla 60
L-D 24 horas:
1200 min.
TP Internet 15
Internet: sin límites
500MB máx velocidad
500MB máx velocidad
SMS: gratis
Habla 75
L-D 24 horas:
1500 min.
TP Internet 15
Internet: sin límites
500MB máx velocidad
500MB máx velocidad
SMS: gratis
martes, 26 de febrero de 2013
trabajo IVA
¿Que es el IVA?
El IVA es un impuesto indirecto sobre el consumo, es decir financiado por el consumidor final. Un impuesto indirecto es el impuesto que no es percibido por el fisco directamente del tributario. El IVA es percibido por el vendedor en el momento de toda transacción comercial (transferencia de bienes o prestación de servicios). Los vendedores intermediarios tienen el derecho a reembolsarse el IVA que han pagado a otros vendedores que los preceden en la cadena de comercialización (crédito fiscal), deduciéndolo del monto de IVA cobrado a sus clientes (débito fiscal), debiendo abonar el saldo al fisco. Los consumidores finales tienen la obligación de pagar el IVA sin derecho a reembolso, lo que es controlado por el fisco obligando a la empresa a entregar justificantes de venta al consumidor final e integrar copias de éstas a la contabilidad en una empresa.
Tipos de IVA
El IVA es un impuesto sobre el consumo y que todos tenemos que pagar cada vez que compramos un producto. En España existen diferentes tipos de IVA. ¿Quieres saber cuáles son y cómo te afectan?
A partir del 1 de Septiembre de 2012, con la reciente subida del IVA, algunos productos cambiarán el tipo de IVA y los productos verán aumentados su valor. A pesar de que se mantiene el IVA superreducido al 4% del valor del producto, el IVA reducido pasa del 8% al 10% y el IVA general del 18 al 21%. Además, productos que antes tenían un gravamen del 8%, como las peluquerías o el cine, pasarán a tener un IVA del 21%.
Es el único tipo de IVA que no se verá incrementado con la subida.
¿Qué productos incluye? Alimentos básicos como la leche, huevos o el pan, junto a productos como los medicamentos o la vivienda nueva*. También se incluyen en este gravamen los libros y periódicos y las vivienda de protección oficial o social. Es decir, que el 4% del valor total del producto que pagamos son impuestos. Si una barra de pan nos cuesta 1€, 4 céntimos corresponderán al IVA.
*En 2013 la vivienda volverá a tener un IVA reducido del 10%.
Este tipo de IVA se verá incrementado del 8 al 10%
¿Qué productos incluye? Trasporte de viajeros, alimentos elaborados, agua, bares, hoteles, restaurantes, gafas graduadas, lentillas, golosinas,... En este caso si un billete de metro nos cuesta 1 euro, 10 céntimos corresponderán al IVA.
Productos de IVA general 21%

Este tipo de IVA se verá incrementado del 18 al 21%
¿Qué productos incluye? La mayoría de nuestros recibos como el teléfono, luz, gas. También la ropa, el calzado, los cosmeticos, la música, las reparaciones, los coches, las motos, el tabaco o el alcohol. Si pagamos 10 euros por una camiseta, 2,10 € serán de impuestos.

¿Qué novedades incluye? Servicios como peluquerías, conciertos, entradas de cine, teatros y demás espectáculos se verán como su IVA se incrementa del 8 al 21%. Es la mayor subida de todas. También afectará a los servicios de radiodifusión, las flores y plantas, obras de arte, servicios de profesiones artísticas o servicios funerarios entre otros.
Modelos de IVA
El IVA: Modelos a presentar
Hay operaciones, aún siendo operaciones comerciales para el consumo, que no están oblogadas a pagar el impuesto sobre el valor añadido.
Por ejemplo, un caso es cuando la administración pública deja en manos de un tercero la gestión de un servicio público (siempre bajo ciertas condiciones).
O cuando hay que pagar una tasa en conpensación de un determinado servicio que se nos ofrece. Por ejemplo, cuando tenemos que renovar el documento nacional de identidad.
Pero veamos más detalladamente estas operaciones no sujetas al IVA:
El IVA es un impuesto indirecto sobre el consumo, es decir financiado por el consumidor final. Un impuesto indirecto es el impuesto que no es percibido por el fisco directamente del tributario. El IVA es percibido por el vendedor en el momento de toda transacción comercial (transferencia de bienes o prestación de servicios). Los vendedores intermediarios tienen el derecho a reembolsarse el IVA que han pagado a otros vendedores que los preceden en la cadena de comercialización (crédito fiscal), deduciéndolo del monto de IVA cobrado a sus clientes (débito fiscal), debiendo abonar el saldo al fisco. Los consumidores finales tienen la obligación de pagar el IVA sin derecho a reembolso, lo que es controlado por el fisco obligando a la empresa a entregar justificantes de venta al consumidor final e integrar copias de éstas a la contabilidad en una empresa.
Tipos de IVA
El IVA es un impuesto sobre el consumo y que todos tenemos que pagar cada vez que compramos un producto. En España existen diferentes tipos de IVA. ¿Quieres saber cuáles son y cómo te afectan?
Productos de IVA Superreducido 4%
¿Qué productos incluye? Alimentos básicos como la leche, huevos o el pan, junto a productos como los medicamentos o la vivienda nueva*. También se incluyen en este gravamen los libros y periódicos y las vivienda de protección oficial o social. Es decir, que el 4% del valor total del producto que pagamos son impuestos. Si una barra de pan nos cuesta 1€, 4 céntimos corresponderán al IVA.
*En 2013 la vivienda volverá a tener un IVA reducido del 10%.
Productos de IVA reducido 10%
¿Qué productos incluye? Trasporte de viajeros, alimentos elaborados, agua, bares, hoteles, restaurantes, gafas graduadas, lentillas, golosinas,... En este caso si un billete de metro nos cuesta 1 euro, 10 céntimos corresponderán al IVA.
Productos de IVA general 21%

Este tipo de IVA se verá incrementado del 18 al 21%
¿Qué productos incluye? La mayoría de nuestros recibos como el teléfono, luz, gas. También la ropa, el calzado, los cosmeticos, la música, las reparaciones, los coches, las motos, el tabaco o el alcohol. Si pagamos 10 euros por una camiseta, 2,10 € serán de impuestos.
Productos qué aumentan del IVA reducido al IVA general 21%

¿Qué novedades incluye? Servicios como peluquerías, conciertos, entradas de cine, teatros y demás espectáculos se verán como su IVA se incrementa del 8 al 21%. Es la mayor subida de todas. También afectará a los servicios de radiodifusión, las flores y plantas, obras de arte, servicios de profesiones artísticas o servicios funerarios entre otros.
Modelos de IVA
El IVA: Modelos a presentar
Una de las características del IVA que lo
diferencian de otros tributos tales como el IRPF o el Impuesto sobre Sociedades (IS) es la de
su devengo: así, mientras que en aquéllos el devengo es
de naturaleza periódica (el mismo se produce el 31 de
diciembre en el IRPF o el último día del ejercicio social
en el IS, salvo excepciones), en el IVA el devengo se produce
operación a operación, es decir, nos encontramos con un
impuesto de devengo instantáneo.
A grandes rasgos el impuesto funciona de la siguiente forma:
- Por sus ventas o prestaciones de servicios, los empresarios repercuten (cobran) las cuotas de IVA que correspondan a sus clientes, con la obligación de ingresarlas en el Tesoro Público.
- Por otro lado, en sus adquisiciones de productos, los empresarios soportan (pagan) cuotas que tienen derecho a deducir en sus declaraciones.
- Si el resultado es positivo debe ingresarse en el Tesoro.
- Si es negativo y se declara trimestralmente, el resultado se compensa en las declaraciones-liquidaciones siguientes; en este caso, si al final del ejercicio, en la última declaración presentada, el resultado sigue siendo negativo, se puede optar por solicitar la devolución o bien compensar el saldo negativo en las liquidaciones del ejercicio siguiente. Si se declara mensualmente (al haber solicitado la inclusión en el registro de devolución mensual), la devolución se efectuará mes a mes.
- Si en algún período no resultara cantidad a ingresar o a devolver, se presentará, según proceda, "declaración sin actividad ó resultado 0".
En el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) existe un régimen general y diversos regímenes especiales. El régimen general es de aplicación cuando no proceda
aplicar ninguno de los especiales, se renuncie a ellos o se quede excluido:
- Los agricultores y ganaderos tributan en el régimen especial de la agricultura, ganadería y pesca o en el régimen simplificado, salvo exclusión o renuncia, en cuyo caso, tributarán en el régimen general.
- Los industriales y los comerciantes mayoristas tributan en el régimen general, salvo que puedan tributar en el régimen simplificado.
- Con carácter general los comerciantes minoristas, si reúnen los requisitos necesarios, tributan obligatoriamente en el régimen del recargo de equivalencia. En caso contrario lo harán en régimen general y en algunos supuestos pueden tributar en el régimen simplificado.
- Los empresarios del sector servicios pueden tributar en el régimen general o en el régimen simplificado en algunos casos.
- Los profesionales, artistas y deportistas tributarán en el régimen general.
RÉGIMEN GENERAL
Este régimen resulta aplicable cuando no lo sea ninguno de los especiales o bien
cuando se haya renunciado o se quede excluido del simplificado o del régimen
especial de la agricultura, ganadería y pesca.
En este Régimen:
- Se repercutirá a los clientes el IVA que corresponda según el importe de la operación y el tipo aplicable 21%, 10% ó 4%, salvo que la misma esté exenta del impuesto.
A partir del 1 de septiembre de 2012 se modifican los tipos aplicables: El tipo general pasa del 18% al 21% y el tipo reducido del 8% al 10%, sin que se haya producido alteración en relación con el tipo superreducido del 4%.
El tipo aplicable en cada operación es el vigente en el momento del devengo. Por tanto, las operaciones devengadas a partir del 1 de septiembre determinarán la aplicación de los nuevos tipos indicados. Puede consultar las aclaraciones realizadas por la Agencia Tributaria para determinados supuestos dudosos en el devengo del impuesto
El tipo aplicable en cada operación es el vigente en el momento del devengo. Por tanto, las operaciones devengadas a partir del 1 de septiembre determinarán la aplicación de los nuevos tipos indicados. Puede consultar las aclaraciones realizadas por la Agencia Tributaria para determinados supuestos dudosos en el devengo del impuesto
- Los proveedores de bienes y servicios repercutirán igualmente el IVA correspondiente.
- Se deberá calcular y en su caso ingresar trimestralmente (mensualmente para Grandes Empresas o para aquellos que estén en el Registro de Exportadores y otros Operadores Económicos) la diferencia entre el IVA devengado, es decir, repercutido a clientes, y el IVA soportado deducible, el que repercuten los proveedores.
- Expedir y entregar factura completa a sus clientes y conservar copia. No obstante, en determinadas operaciones, por ejemplo ventas al por menor, podrá emitirse un tique cuando el importe no exceda de 3.000 € IVA incluido.
- Exigir factura de sus proveedores y conservarla para poder deducir el IVA soportado.
- Llevar los siguientes libros registro:
- Libro registro de facturas expedidas
- Libro registro de facturas recibidas
- Libro registro de bienes de inversión
- Libro registro de determinadas operaciones intracomunitarias
- Presentar cuatro declaraciones trimestrales en el modelo 303 en los siguientes plazos: los tres primeros trimestres entre el 1 y el 20 de los meses de abril, julio y octubre y el cuarto trimestre entre el 1 y el 30 del mes de enero del año siguiente.
El último trimestre del modelo 303 deberá presentarse de forma simultánea con la
Declaración Resumen Anual, modelo 390. En caso de que el contribuyente se encuentre simultáneamente en régimen general
y en régimen simplificado, se utilizará el modelo 370, los tres primeros trimestres,
y el modelo 371, el cuarto. Si en algún trimestre no resultara cantidad a ingresar, se presentará, según
proceda, declaración sin actividad, a compensar o a devolver, esta última sólo en el último trimestre.
Operaciones sujetas y no sujetas
Por ejemplo, un caso es cuando la administración pública deja en manos de un tercero la gestión de un servicio público (siempre bajo ciertas condiciones).
O cuando hay que pagar una tasa en conpensación de un determinado servicio que se nos ofrece. Por ejemplo, cuando tenemos que renovar el documento nacional de identidad.
Pero veamos más detalladamente estas operaciones no sujetas al IVA:
- La cesión de todo el patrimonio de una empresa a una sola persona jurídica, siempre y cuando ésta vaya a continuar la actividad de dicha empresa.
- Cuando, por actos que surgen por la muerte y sucesión del causante, se transmite el patrimonio de la empresa a terceros, debiendo éstos a continuar con la actividad empresarial.
- Las entregas de bienes y prestación de servicios por parte de los entes públicos a cambio de una contraprestación tributaria; como lo puede ser una tasa. Las excepciones son operaciones en telecomunicaciones, distribución de gas y otras.
- Cuando el consumidor disfruta de un producto o servicio que no posee un valor comercial estimable; como los productos de promoción gratuítos para el consumidor.
- Las entregas que tengan carácter publicitario. Los objetos publicitarios, como bolígrafos corporativos, quedan sujetos cuando el coste total para un cliente supere los 90,15 euros en un año natural.
- Los servicios ofrecidos a las cooperativas por parte de los socios de las mismas, y que sean prestados a las demás cooperativas por sus socios de trabajo.
- La cesión de dinero a modo de contraprestación o pago.
- Las concesiones y las autorizaciones administrativas, excepto las que tengan por objeto la cesión del derecho a utilizar inmuebles o instalaciones en puertos y aeropuertos.
Operaciones sujeta y no sujetas
Hay tres tipos de operaciones que quedan gravadas:
Hay operaciones, aún siendo operaciones comerciales para el consumo, que no están oblogadas a pagar el impuesto sobre el valor añadido.
Por ejemplo, un caso es cuando la administración pública deja en manos de un tercero la gestión de un servicio público (siempre bajo ciertas condiciones).
O cuando hay que pagar una tasa en conpensación de un determinado servicio que se nos ofrece. Por ejemplo, cuando tenemos que renovar el documento nacional de identidad.
Pero veamos más detalladamente estas operaciones no sujetas al IVA:
- Entregas de bienes y prestaciones de servicios efectuadas por empresarios o profesionales en el desarrollo de su actividad.
- Adquisiciones de bienes de algún estado de la Unión Europea (adquisiciones intracomunitarias).
- Importaciones de bienes.
Hay operaciones, aún siendo operaciones comerciales para el consumo, que no están oblogadas a pagar el impuesto sobre el valor añadido.
Por ejemplo, un caso es cuando la administración pública deja en manos de un tercero la gestión de un servicio público (siempre bajo ciertas condiciones).
O cuando hay que pagar una tasa en conpensación de un determinado servicio que se nos ofrece. Por ejemplo, cuando tenemos que renovar el documento nacional de identidad.
Pero veamos más detalladamente estas operaciones no sujetas al IVA:
- La cesión de todo el patrimonio de una empresa a una sola persona jurídica, siempre y cuando ésta vaya a continuar la actividad de dicha empresa.
- Cuando, por actos que surgen por la muerte y sucesión del causante, se transmite el patrimonio de la empresa a terceros, debiendo éstos a continuar con la actividad empresarial.
- Las entregas de bienes y prestación de servicios por parte de los entes públicos a cambio de una contraprestación tributaria; como lo puede ser una tasa. Las excepciones son operaciones en telecomunicaciones, distribución de gas y otras.
- Cuando el consumidor disfruta de un producto o servicio que no posee un valor comercial estimable; como los productos de promoción gratuítos para el consumidor.
- Las entregas que tengan carácter publicitario. Los objetos publicitarios, como bolígrafos corporativos, quedan sujetos cuando el coste total para un cliente supere los 90,15 euros en un año natural.
- Los servicios ofrecidos a las cooperativas por parte de los socios de las mismas, y que sean prestados a las demás cooperativas por sus socios de trabajo.
- La cesión de dinero a modo de contraprestación o pago.
- Las concesiones y las autorizaciones administrativas, excepto las que tengan por objeto la cesión del derecho a utilizar inmuebles o instalaciones en puertos y aeropuertos.
Modelos de IVA
- Sujeto pasivo que realiza actividades incluidas exclusivamente en el Régimen General (modelo 303 de forma trimestral y modelo 390 en el resumen anual)
- Sujeto pasivo que efectúe actividades incluidas exclusivamente en régimen simplificado (modelo 310, modelo 311 y modelo 390 en el resumen anual)
- Sujeto pasivo que tenga la consideración de Gran Empresa (modelo 303 mensualmente y modelo 392 en el resumen anual)
- Sujeto pasivo incluido en el Registro de Exportadores y otros Operadores Económicos (mensualmente el modelo 303 y el resumen anual en el modelo 390)
- Sujeto pasivo que realiza actividades incluidas en el Régimen Simplicado junto a otras incluidas en el Régimen General o cualquier otro con obligaciones periodicas de declaración. Presentarán modelo 370 de forma trimestral y modelo 390 para el resumen anual.
- Modelo 340.- Será exigible desde el 1 de enero de 2009 únicamente para aquellos sujetos pasivos del Impuesto sobre el Valor Añadido inscritos en el registro de devolución mensual.
- Modelo 309. Aparece para los sujetos pasivos sin obligaciones periodicas de declarar (régimen de agricultura, ganadería y pesca...), así como para los sujetos pasivos ocasionales (por ejemplo, por la adquisición intracomunitaria por particulares de medios de transporte nuevos)
- Modelo 308. Se trata de un modelo para solicitar la devolución de cuotas, ya sea por sujetos pasivos en régimen de recargo de equivalencia por cuotas que hubieron de devolver a exportadores en régimen de viajeros, ya sea por las entregas intracomunitarias ocasionales de medios de transporte nuevos.
- Modelo 349. En él se relacionan las operaciones intracomunitarias efectuadas por los sujetos pasivos del IVA, teniendo un carácter trimestral.
Diferentes Tipos de IVA
Tipo de IVA superreducido: 4%
Se aplica en los casos siguientes:- Las entregas, adquisiciones intracomunitarias o importaciones de los
bienes que se indican a continuación:
- Pan y masa de pan utilizado para su elaboración, harinas panificables.
- Leche, queso y huevos.
- Frutas, verduras, hortalizas, legumbres, cereales y tubérculos naturales.
- Libros, periódicos y revistas, excepto los dedicados principalmente a publicidad.
- Coches y prótesis para personas con movilidad reducida.
- Medicamentos para uso humano y sustancias medicinales.
- Viviendas de protección oficial de régimen especial o promoción pública.
- Las prestaciones de servicios siguientes:
- Servicios de reparación de vehículos y sillas de ruedas para personas con movilidad reducida.
- Arrendamiento con opción de compra de edificios o parte de los mismos de viviendas de protección oficial.
- Servicios de teleasistencia, ayuda a domicilio, centro de día y de noche y atención residencial.
Tipo de IVA reducido: 10%
Se aplica en los siguientes casos:- Las entregas, adquisiciones intracomunitarias o importaciones de los
bienes que se indican a continuación:
- Alimentación, excepto bebidas alcohólicas y refrescos.
- Aguas para alimentación y riego.
- Elementos para producción agraria, menos maquinaria y herramientas.
- Productos farmacéuticos de veterinaria.
- Material médico, prótesis, gafas graduadas y lentillas.
- Viviendas incluidos los garajes con un máximo de 2 unidades.
- Semillas, bulbos, esquejes y otros productos vegetales para obtención de flores y plantas vivas.
- Las prestaciones de servicios siguientes:
- Transporte de viajeros.
- Hostelería, menos locales de lujo y salas de fiesta y análogos.
- Servicios accesorios agrícolas, ganaderos y forestales.
- Limpieza, recogida de basuras y tratamiento de residuos públicos.
- Entradas a espectáculos recreativos y culturales.
- Ejecuciones de obra de renovación y reparación en edificios.
- Arrendamientos con opción de compra.
- Espectáculos deportivos de carácter aficionado.
- Exposiciones y ferias de carácter comercial.
Tipo de IVA general: 21%
Se aplica con caracter general a todas aquellas entregas de bienes o prestaciones de servicios en las que no sean válidos los tipos reducido o superreducido.¿Que es el IVA?
El I.V.A. es el Impuesto al Valor Agregado. Es un impuesto que le paga al Estado cada vez que se compra la mayoría de los productos, y esto es así porque hay determinados bienes y servicios que la ley exime de pagar en alguna o todas las etapas de comercialización. Por ejemplo la edición de libros, los folletos, los diarios, el pan común, la leche sin aditivos, etc. Esto lo dispone el Estado a través de un organismo oficial (A.F.I.P. => Administración Federal de Ingresos Públicos).
Todos los comerciantes y en general todos los trabajadores autónomos (los que trabajan por su cuenta y no en relación de dependencia) tienen asignado un número de C.U.I.T. (clave única de identificación tributaria).
lunes, 4 de febrero de 2013
Tarifas Movistar
Tarifas:
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L-D 24 horas:
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Est. llam 0,15€
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500MB máx velocidad
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500MB máx velocidad
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500MB máx velocidad
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1500 min.
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500MB máx velocidad
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Habla 24h
L-D 24 horas:
6 cént/min
Est. llam 0,15€
Est. llam 0,15€
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S-D 24 horas:
250 min.
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Tarifas Orange
Tarifas Tarjeta:
Tarifas contrato:
9 cts./min a cualquier operador nacional y 50 SMS a 0 € | Internet sin límites 100 MB a máxima velocidad |
Tarifas contrato:
3 GB a máx. velocidad 2 SIMS 1.000 SMS | 500 min/mes | |||
2 GB a máx. velocidad 2 SIMS 1.000 SMS | 350 min/mes | |||
1,5 GB a máx. velocidad 2 SIMS 1.000 SMS | 200 min/mes | |||
1 GB a máx. velocidad 2 SIMS 1.000 SMS | 100 min/mes |
Tarifas Vodafone
Tarifas
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- La tarifa plana con más minutos y más megas
- 250 minutos a todos las 24hs.
- 500 SMS
- 1 GB velocidad hasta 7.2 Mbps
Gasto mensual
25€/mes - Llamadas y Mensajes ILIMITADOS + megas de sobra
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- La tarifa sin límites más económica para hablar y navegar
- Servicio de atención Vodafone Red
- 1.5 GB velocidad hasta 21.6 Mbps
- 10 GB cloud
- Voz sobre IP
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35€/mes -
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- Servicio de atención Vodafone Red
- Multidispositivo comparte los GB con un dispositivo
- 3 GB velocidad hasta 43.2 Mbps
- 30 GB cloud
- Voz sobre IP
Gasto mensual
50€/mes -
- RED3
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Gasto mensual
70€/mes
ADSL Y FIBRA OPTICA
ADSL:Es una tecnología de acceso a Internet de banda ancha, lo que implica una velocidad superior a una conexión por módem en la transferencia de datos, ya que el módem utiliza la banda de voz y por tanto impide el servicio de voz mientras se use y viceversa. Esto se consigue mediante una modulación de las señales de datos en una banda de frecuencias más alta que la utilizada en las conversaciones telefónicas convencionales (300-3400 Hz), función que realiza el enrutador ADSL. Para evitar distorsiones en las señales transmitidas, es necesaria la instalación de un filtro (llamado splitter o discriminador) que se encarga de separar la señal telefónica convencional de las señales moduladas de la conexión mediante ADSL.

FIBRA OPTICA:
Las fibras se utilizan ampliamente en telecomunicaciones, ya que permiten enviar gran cantidad de datos a una gran distancia, con velocidades similares a las de radio y superiores a las de cable convencional. Son el medio de transmisión por excelencia al ser inmune a las interferencias electromagnéticas, también se utilizan para redes locales, en donde se necesite aprovechar las ventajas de la fibra óptica sobre otros medios de transmisión.
FIBRA OPTICA:
Las fibras se utilizan ampliamente en telecomunicaciones, ya que permiten enviar gran cantidad de datos a una gran distancia, con velocidades similares a las de radio y superiores a las de cable convencional. Son el medio de transmisión por excelencia al ser inmune a las interferencias electromagnéticas, también se utilizan para redes locales, en donde se necesite aprovechar las ventajas de la fibra óptica sobre otros medios de transmisión.
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